Este lunes, 1 de febrero, han entrado en vigor las nuevas restricciones de paso desde Gibraltar a España. Ante la evolución de la pandemia y para garantizar la «reciprocidad» en la frontera con Gibraltar, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este pasado viernes, 29 de enero, una orden en la que añadía como obligatoriedad para aquellos residentes en Gibraltar que quieran acceder a España documentar «motivos de fuerza mayor o situación de necesidad».
Esta nueva orden, firmada por el ministro del Interior, modifica así el documento publicado el pasado 22 de diciembre y que permitía acceder a España a todas las personas residentes en Gibraltar sin restricciones adicionales. Ahora, a partir de este lunes, se incluye como requisito para acceder a España que «estas personas residentes en Gibraltar acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios». Esta nueva excepción en el tránsito entre Gibraltar y España se suma así a las otras tres circunstancias ya contempladas anteriormente: los ciudadanos españoles, los ciudadanos extranjeros con residencia legal en España y los trabajadores transfronterizos, cerca de 10.000 que cada día cruzan la frontera y que tienen garantizado su paso.
Además de las distintas razones sanitarias que hayan motivado esta nueva restricción, el Gobierno español fundamenta esta última orden en la necesidad de «reciprocidad», asegurando que España solo permitirá el acceso de personas con residencia legal en el territorio de Gibraltar, con cualquier nacionalidad, únicamente si «existe reciprocidad con respecto a la entrada en el país de los residentes en la comarca del Campo de Gibraltar».
